Auto nº 11001-03-24-000-2018-00307-00 de Consejo de Estado - Sala Contenciosa Administrativa - SECCIÓN PRIMERA, de 6 de Septiembre de 2019 - Jurisprudencia - VLEX 812815061

Auto nº 11001-03-24-000-2018-00307-00 de Consejo de Estado - Sala Contenciosa Administrativa - SECCIÓN PRIMERA, de 6 de Septiembre de 2019

Fecha06 Septiembre 2019
EmisorSECCIÓN PRIMERA

CONSEJO DE ESTADO

SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

SECCIÓN PRIMERA

Consejero ponente: ROBERTO AUGUSTO SERRATO VALDÉS

Bogotá, D.C., treinta (30) de agosto de dos mil diecinueve (2019)

Radicación número: 11001-03-24-000-2018-00227-00

Actor: M.A.M.V.

Demandado: NACIÓN - PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA - MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES - MINISTERIO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO - MINISTERIO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y TURISMO, MINISTERIO DE TRANSPORTE

Referencia: MEDIO DE CONTROL DE NULIDAD

Tema: PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DEBE VINCULARSE A LOS PROCESOS EN LOS QUE SE DEMANDEN ACTOS ADMINISTRATIVOS SUSCRITOS POR ÉL

AUTO QUE RESUELVE UN RECURSO DE REPOSICIÓN

El apoderado judicial del P. de la República presentó recurso de reposición en contra del auto por medio del cual se admitió la demanda y fue vinculado al proceso de la referencia.

Como sustento del mismo señaló que en tratándose de los decretos del Gobierno Nacional debe acudirse a la definición del artículo 115 de la Carta Política, que dispone que el Gobierno Nacional está integrado por el P. de la República y por el ministro o director de departamento administrativo correspondiente, cuya firma lo respalda como autoridad expedidora, haciéndose responsable del acto para todos los efectos, incluido lo concerniente a su eventual defensa judicial.

Sostuvo que [] es muy diferente vincular a la Presidencia de la República como parte demandada en un proceso donde se demande la legalidad de un decreto del Gobierno Nacional, y otra muy distinta enterar eventualmente a esta Oficina de la existencia de esa demanda, para efectos de que se evalúe, caso por caso, la necesidad de intervenir en él […]” (folio 130).

Manifestó que [] la representación de la Nación, frente a nulidades invocadas contra decretos expedido por el gobierno nacional radica en […] el jefe del ministerio o del departamento administrativo, con el que el presidente de la república haya integrado esa decisión de gobierno, que para el caso y tal como el tenor del Decreto 2229 de 2017 lo evidencia, radicaría en el Ministerio de transporte, independientemente delas otras autoridades que integraron esa decisión de gobierno, vale decir, el Ministerio de Relaciones Exteriores, el Ministerio de Hacienda y crédito Público y el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, pue es aquel ministerio (el de transporte) el que se debe hacer responsable por su expedición y contenido […] se insiste en que el Departamento Administrativo de la Presidencia de la República, sólo debe asumir la defensa de la legalidad de aquellos decretos en los que repose la firma del Director del Departamento y en los procesos en donde se discuta la legalidad de actos administrativos firmados exclusivamente por el P. de la República […]” (folio 130 vto.).

Para resolver, el Despacho pone de presente que ya ha tenido la oportunidad de pronunciarse en diferentes oportunidades sobre idénticos argumentos a los que ahora trae a colación el apoderado del P. de la República, para lo cual se puede citar la decisión adoptada en la audiencia inicial realizada el 5 de septiembre de 2018, en el proceso radicado con el número 2012 - 00369, promovido por el doctor R.B.G. y en la cual se consideró lo siguiente:

1. La...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR